¿Cuánto dinero te llevas al vender tu inmueble?
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- Para ti
- Hipoteca pendiente
- IRPF por la ganancia
- Plusvalía municipal
- Notaría, cancelación y certificado
- Comisión de la inmobiliaria
- Precio de venta
- Precio
- ITP
- AJD
- Notaría
- Registro
- Gestoría y tasación
- Impuestos y gastos
Calculado con los tipos generales de cada comunidad. Si eres joven, familia numerosa, tienes una discapacidad o compras vivienda protegida, tu comunidad puede aplicarte un tipo reducido con límites de precio o renta: consulta los tipos reducidos.
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El ahorro incluye la parte del precio no financiada más todos los impuestos y gastos.
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Consultar condiciones →Cómo lo calculamos
Al vender: IRPF. La ganancia es el precio de venta menos los gastos de la venta, menos el valor de adquisición: lo que pagaste al comprar con sus gastos y las reformas con factura o, si la heredaste, el valor declarado en la herencia más los impuestos y gastos que pagaste por ella. Tributa en la base del ahorro de cada propietario: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % a partir de ahí.
Al vender: plusvalía municipal. Método objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente según los años desde la compra o la herencia × tipo de tu ayuntamiento. Si vendes por menos de lo que te costó, no se paga. Si no indicas el valor del suelo, lo estimamos como el 20 % del precio de venta: míralo en tu recibo del IBI.
Al comprar de segunda mano: ITP. Aplicamos el tipo general de cada comunidad (por ejemplo, 6 % en Madrid, 7 % en Andalucía, 8 % en Asturias o Galicia, 10 % en Cataluña) y los tramos superiores de Castilla y León, Cataluña y la Comunitat Valenciana. En el País Vasco, la vivienda tributa al 4 % y el resto al 7 %. No incluimos tipos reducidos (jóvenes, familia numerosa, vivienda protegida…) ni los tramos altos de Aragón, Asturias, Baleares y Extremadura: si te corresponde otro tipo, indícalo en "Afinar el cálculo". Desde 2022, el ITP se paga sobre el precio o sobre el valor de referencia del Catastro, el que sea mayor: si lo conoces, añádelo también ahí.
Al comprar obra nueva: IVA y AJD. IVA del 10 % para viviendas (y sus garajes o trasteros anexos) y del 21 % para garajes, trasteros, locales y terrenos sueltos. AJD según tu comunidad, entre el 0,5 % y el 1,5 %. En Canarias se aplica IGIC y en Ceuta y Melilla IPSI en lugar de IVA: indica el tipo en "Afinar el cálculo".
Gastos. Notaría y registro se estiman según el precio. Desde 2019, la mayoría de gastos de constitución de la hipoteca los paga el banco; la tasación la paga el comprador.
Es una estimación orientativa, no asesoramiento fiscal. Los tipos pueden cambiar y cada comunidad tiene sus propias bonificaciones. No incluye los coeficientes reductores de viviendas compradas antes de 1995 ni donaciones. Para la cifra exacta, consulta con un gestor o asesor fiscal.
Preguntas frecuentes sobre la compraventa
¿Qué impuestos se pagan al vender una casa?
Principalmente dos: el IRPF por la ganancia patrimonial (la diferencia entre el valor de venta y el de adquisición, descontando gastos) y la plusvalía municipal, que cobra el ayuntamiento por el incremento de valor del suelo.
¿Quién paga la plusvalía municipal en una compraventa?
La paga el vendedor, salvo que se pacte otra cosa en el contrato. En una herencia la paga el heredero.
¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda?
En segunda mano, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuyo tipo fija cada comunidad autónoma. En obra nueva, el IVA (10 % en viviendas, 21 % en garajes y locales sueltos) y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
¿Los mayores de 65 años pagan IRPF al vender su casa?
No, si se trata de su vivienda habitual: la ganancia está exenta de IRPF. La plusvalía municipal sí se paga.
¿Cuánto cuesta la notaría y el registro al comprar?
Depende del precio y de la escritura, pero para una vivienda media suelen sumar entre 900 y 1.800 €. La calculadora hace una estimación según el precio que indiques.
¿Quieres saber más? Consulta nuestras guías de compraventa.